¿Me pueden embargar por multas de tránsito?
El cobro ejecutivo, las cuotas y los 5 años para cobrar.
Por Mauricio Varela, abogado · SinFotoMultas
El cobro por vía ejecutiva
La Ley Nacional de Tránsito permite que la multa no pagada en término se cobre por vía ejecutiva, y dice que alcanza como título el certificado que expide la autoridad de juzgamiento (art. 85 inc. b). En un juicio ejecutivo se pueden pedir embargos.
Cuánto tiempo tienen para cobrarte
Las sanciones prescriben a los 5 años (Ley 24.449, art. 89 inc. b). Pasado ese plazo sin que se interrumpa, se puede plantear la prescripción.
Si no podés pagar todo junto
La misma ley prevé que la multa se pague en cuotas cuando el infractor es de escasos recursos (art. 85 inc. c). Hay que pedirlo y justificarlo.
Lo más importante
Ignorar una multa no la hace desaparecer. Si tenés una sentencia, revisá si se puede apelar o si ya está prescripta antes de que llegue a un cobro judicial.
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Fuentes oficiales
Información general, no reemplaza el consejo de un abogado sobre tu caso. Revisado el 15/10/2026.