Me llegó la fotomulta por mail: ¿estoy notificado?
Los plazos para notificar, el domicilio vial electrónico y lo que pasa en la práctica.
Por Mauricio Varela, abogado · SinFotoMultas
El plazo para notificarte
En Provincia de Buenos Aires, la Ley 13.927 dice que la notificación de la infracción tiene que despacharse dentro de los 60 días hábiles de cometida (art. 35 inc. g). Para los radares fijos automáticos, el artículo 28 fija el mismo plazo de 60 días hábiles desde la fecha de la infracción.
En la Ciudad de Buenos Aires, la Ley 1217 de procedimiento de faltas fija 90 días corridos para notificar (art. 12).
Cómo tiene que ser la notificación
La misma ley de Provincia describe la notificación por correo con aviso de retorno firmado, o con declaración jurada del empleado postal (art. 35 inc. c).
En 2023 la Provincia creó el Domicilio Vial Electrónico (Resolución 125/23 del Ministerio de Transporte). Si lo declaraste, el formulario dice que lo que te llegue a ese mail se considera notificación fehaciente. Es un punto que se discute en los juzgados, pero conviene saber si lo tenés activado.
Bajar el acta de internet no es estar notificado
Que puedas ver o descargar tu multa en una web no quiere decir que te hayan notificado: cualquiera puede consultar una patente y bajar sus actas. Hay jueces que ni siquiera dan por válida la notificación al domicilio electrónico.
Lo que pasa en la práctica
La falta de notificación es la defensa que más se repite en internet, y en primera instancia, sola, casi nunca alcanza. Funciona mejor combinada con otras defensas y, sobre todo, en la apelación. Si es lo único que vas a plantear, pensalo dos veces.
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Fuentes oficiales
- Ley 13.927 (Provincia de Buenos Aires), arts. 28 y 35
- Resolución 125/23, Domicilio Vial Electrónico
- Ley 1217 de la Ciudad de Buenos Aires, art. 12
Información general, no reemplaza el consejo de un abogado sobre tu caso. Revisado el 15/10/2026.