El juzgado no contesta mi descargo: qué hacer
Plazos del juzgado, pronto despacho y amparo por mora.
Por Mauricio Varela, abogado · SinFotoMultas
Cuánto tiene el juzgado para resolver
La Ley 13.927 le da al juez de faltas 20 días para resolver, prorrogables por otros 20 por razones fundadas (art. 35 inc. g). En la práctica, muchos juzgados tardan bastante más.
Primer paso: el pronto despacho
Vencidos los plazos, el Decreto-Ley 7647/70 de procedimiento administrativo permite pedir pronto despacho. Si pasan 30 días desde ese pedido sin respuesta, se presume que la resolución es negativa (art. 79), y eso habilita a seguir adelante.
Es un escrito corto: se identifica la multa y el descargo, se dice que vencieron los plazos y se pide que se dicte resolución.
Si sigue sin contestar: el amparo por mora
El Código Contencioso Administrativo de la Provincia (Ley 12.008) permite pedirle a un juez que ordene el pronto despacho cuando la administración dejó vencer los plazos (art. 76). Es un trámite judicial, y conviene hacerlo con abogado.
Mientras tanto
Hacé seguimiento: guardá la constancia de presentación del descargo y anotá las fechas. Sin eso no hay forma de demostrar que los plazos vencieron.
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Fuentes oficiales
- Ley 13.927, art. 35
- Decreto-Ley 7647/70, art. 79
- Ley 12.008 (Código Contencioso Administrativo), art. 76
Información general, no reemplaza el consejo de un abogado sobre tu caso. Revisado el 15/10/2026.