¿Conviene pagar la fotomulta con el descuento del pago voluntario?
El 50% de descuento tiene letra chica. La cuenta que hay que hacer antes de pagar o pelear.
Por Mauricio Varela, abogado · SinFotoMultas
Qué es el pago voluntario
La Ley Nacional de Tránsito 24.449 permite pagar la multa con una reducción del 50% cuando corresponde a normas de circulación y hay reconocimiento voluntario de la infracción (art. 85 inc. a).
La misma norma aclara que, en todos los casos, ese pago tiene los efectos de una sanción firme. O sea: pagar con descuento es reconocer que cometiste la falta.
Lo que queda registrado
En Provincia de Buenos Aires, las infracciones se anotan en el Registro Único de Infractores de Tránsito, y esas anotaciones caducan a los 10 años contados desde la fecha del hecho (Ley 13.927, art. 5). No desde que pagaste.
Si presentás un descargo
Al presentar el descargo dejás de lado el pago voluntario. Después, el juez puede absolverte, reducir la multa o mantenerla entera. La ley prevé que la sanción pueda bajarse en un tercio cuando la falta resulta intrascendente (art. 79), y que se pueda pagar en cuotas si el infractor es de escasos recursos (art. 85 inc. c).
En la práctica, muchas sentencias terminan en un monto parecido al del pago voluntario, y algunas en menos. Pero existe el riesgo de pagar el total.
Cómo decidir
Antes de elegir, mirá tres cosas: si la multa está prescripta o cerca de estarlo, si hay un defecto claro en el acta o en la notificación, y cuánto perdés si te va mal. Con una multa sin defensas y un descuento grande, pagar puede ser lo más sensato. Con varias multas, una deuda alta o una defensa fuerte, suele convenir pelear.
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Fuentes oficiales
Información general, no reemplaza el consejo de un abogado sobre tu caso. Revisado el 15/10/2026.